RECHAZO AL TRASLADO DE LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES POR EL DÍA DE LA TRABAJADORA Y DEL TRABAJADOR FABRIL
La Cámara de Industria, Comercio y Servicios de Cochabamba – ICAM, expresa su total rechazo al Comunicado N° DGTHSO-021/2025, de fecha 17 de mayo de 2025, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante el cual dicha instancia dispone excepcionalmente la SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES EN LA JORNADA LABORAL correspondiente al día 19 de mayo de 2025, en conmemoración al DÍA NACIONAL DE LA TRABAJADORA Y EL TRABAJADOR FABRIL.”
Consideramos que esta es una disposición arbitraria y extemporánea que afecta directamente la actividad industrial del país, toda vez que la Ley 782, de 18 de febrero de 2016, declara el 18 de mayo de cada año como el “Día Nacional de la Trabajadora y el Trabajador Fabril” con suspensión de actividades, no así el 19 de mayo. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 2750, de fecha 01 de mayo de 2016, modificado por el Decreto Supremo N° 5019, de fecha 13 de septiembre de 2023, se regula el calendario y traslado de los feriados nacionales y feriados por efemérides departamentales, esto con el fin de promover el turismo como actividad económica estratégica; dichas disposiciones no contemplan como feriado al Día Nacional de la Trabajadora y el Trabajador Fabril, motivo por el cual, el Comunicado emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social carecería de valor legal, al estar usurpando atribuciones que no le competen.
La actividad industrial atraviesa momentos difíciles debido a la crisis económica que vive el país, por lo que no se puede detener su funcionamiento, mucho menos mediante disposiciones contrarias a la Ley, que solamente tienen carácter político.
Cochabamba, 18 de mayo de 2025